¿Cómo facturar actividades artísticas esporádicas sin ser autónomo?

Gelderland region Image Library - detalleEl problema de los autónomos en España es conocido en toda Europa. Recientemente elautonomodigital daba cuenta de esta situación, de manera muy ilustrativa.

España es uno de los países que más exige a sus autónomos. La peor carga que sufre este colectivo es la de tener que asumir unos costes mínimos mensuales en concepto de Seguridad Social de 286,15 euros (datos 2020) con independencia de si ha generado o no ingresos. A esto se le agregan otras obligaciones como las declaraciones trimestrales de IVA e IRPF.

La situación de músicos, bailarines, actores y de artistas del sector de las artes escénicas en general, es que pocos pueden vivir de su actividad en los escenarios. Algunos disponen de ingresos fijos o trabajan en relación de dependencia en escuelas artísticas, conservatorios, etc. Otros, son autónomos y emiten factura tanto por su actividad formativa como por la artística, viviendo un calvario permanente.

Esta situación crítica se ve actualmente agravada con la crisis del Coronavirus que obligó a confinar y detener la actividad económica de todo el país durante prácticamente 2 meses. En el caso de los artistas, esta inactividad se prolongará un tiempo. Para ellos, plantearse en estos días ser autónomos se antoja una quimera.

Ser artista y autónomo en España ya era difícil. Plantearse serlo en tiempo de Coronavirus, una quimera.

Frente a este panorama ¿cómo puede un artista facturar sin tener que darse de alta como autónomo viendo así sus ingresos totalmente mermados?

Comentaremos algunas prácticas comunes, sus puntos a favor y sus puntos en contra:

 

1. Facturar sin dejar constancia en Hacienda

Opción poco recomendable. Existe la leyenda urbana de que, en la medida de que los ingresos extraordinarios no superen los 3000 euros, no es necesario hacerse autónomos. Esto no es así. La confusión surge por la definición algo ambigua que Hacienda hace del autónomo. Esta ambigüedad da lugar a un vacío legal (?) que daría lugar a considerar que es posible facturar cuando se reúnen dos condiciones:

  • Que el importe total facturado en un año en estas circunstancias no supere el salario mínimo interprofesional (actualmente, unos 13.300 euros anuales)
  • Que la actividad económica a facturar no sea la habitual.

Por ejemplo, la persona trabaja por cuenta ajena como profesor de música y puntualmente hace conciertos. Según este criterio, podría facturar hasta un máximo de 13300 euros anuales en conciertos sin ser autónomo.

Como estamos jugando con aquello que hacienda NO especifica y con la ambigüedad del concepto «habitualidad», esta no deja de ser una estrategia arriesgada.

Importante! Facturar sin ser autónomo no implica saltarse procedimientos que sí son obligados:

  • Alta en hacienda por medio de los modelos 036 y 037
  • Declarar trimestralmente los ingresos obtenidos por IVA (si tus facturas incluyen IVA. Muchas actividades como las formativas, están excluidas). Modelo 303
  • Declarar trimestralmente los ingresos obtenidos por IRPF. Modelo 130, si se opta por el pago fraccionado, o incluir todos en la declaración de la Renta anual.
  • Después de haber finalizado la actividad, darse de baja hacienda por medio del modelo 036 o 037.

 

2. Solicitar que una entidad facture por la actividad

Otra opción por la que optan muchos artistas (especialmente los músicos), es integrarse en una cooperativa.  Este tipo de entidad gestiona el alta puntual del artista en la seguridad social, emite la factura al cliente en nombre del artista, la cobra y, finalmente, ingresa el importe al beneficiario previo cargo del porcentaje correspondiente en concepto de gastos de gestión.

También esta es una solución peligrosa ya que a hacienda no le agradan estas entidades y actualmente las cooperativas y sus socios están en el foco de atención de la Administración Tributaria.

 

3. Darse de alta como autónomo ocasionalmente, agrupando facturas

Una opción, y quizás la más segura de todas es que, teniendo prevista una serie de ingresos por actividad esporádica cuya suma no supere el salario mínimo interprofesional (a ser posible, menos de aquellos 13300 anuales que comentábamos antes), es planificar darse de alta y baja como autónomo de manera puntual.

Para esto hace falta que los clientes tengan cierta flexibilidad para que sea posible concentrar la mayor cantidad posible de facturas en pocos meses, que serían aquellos en los que se produciría el alta. Si se producen hasta tres altas al año, será posible pagar la parte proporcional de la cuota de seguridad social a los días del mes que se estuvo dado de alta. A partir del cuarto alta, se tendrá que abonar la cuota completa de Seguridad Social.

Pudiendo planificar la facturación de esta manera, y siempre que el artista pueda negociar el precio por su actividad, podrá contemplar este gasto en sus presupuestos.

Importante!: aunque se trate de altas y bajas puntuales, se estará en situación de autónomo durante ciertos períodos de tiempo. Si ya se trabaja por cuenta ajena, se estará obligado a realizar la declaración anual de Renta y a cumplir con todas las obligaciones del autónomo.

Para saber cómo darte de alta como autónomo y cuáles serán tus obligaciones, consulta este otro post.

 

Importante: toda la información proporcionada en este artículo es orientativa. En el caso de necesitar asesoramiento, recomendamos que consulte a gestores especializados.   


5 respuestas a “¿Cómo facturar actividades artísticas esporádicas sin ser autónomo?

  1. La opción 3 si por el tipo de actividad no te arriesgas a una inspección laboral que te pille trabajando sin estar dado de alta (o si asumes ese riesgo)

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    1. Buenos días Teo,

      Esta posibilidad hay que estudiarla y valorarla muy bien en cada caso. Y, como bien decimos en el post, ante cualquier duda, conviene consultar al gestor. En principio, Hacienda no obliga a darte de alta si tu actividad es esporádica y en esta opción estarías cumpliendo con tus obligaciones declarando el IVA e IRPF que corresponen.

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  2. Yo creo que la mejor, salvo que vivas de tu arte, es crear una asociación cultural sin ánimo de lucro e invertir los beneficios en la propia obra (marketing, publicidad, prensa, estudios de grabación….). Como indican en https://cuatrogatosband.com/blog/como-facturar-concierto-banda-rock.html Tiene su parte burocrática, pero si no esperas disponer de los ingresos para temas personales es una opción que nos sirve a muchos. Un abrazo!

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  3. Me he jubilado y de siempre me gusto la artesanía y
    Que puedo compatibilizar ambos, pensión y artesania, mi pregunta es como darse de alta en hacienda y como me afectaría económicamente ya que de vez en cuando vendo alguna que otra pieza.
    En cualquier caso no llegaría ni de lejos al salario mínimo interprofesional.
    Gracias y un saludo

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    1. Buenos días César, Sobre tu consulta, yo no soy especialista.Doy algunas pautas en mi web pero mi consejo personal es que te asesores muy bien con un gestor. Es lo que he hecho yo misma en diversas ocasiones en las cuales he tenido que compatibilizar un trabajo por cuenta ajena con colaboraciones esporádicas en producciones artísticas. Espero que la información haya sido de utilidad. Atentamente,

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