¿Cómo registro mis temas musicales en SGAE?

DSCF2681Muchos músicos independientes que empiezan a difundir sus obras se preguntan si es obligatorio o necesario registrar sus obras en SGAE. En otro artículo de este blog (Es obligatorio registrar mis canciones en SGAE?) hacíamos algunas recomendaciones al respecto. Es importante que recuerdes que los derechos que gestiona esta entidad son los derechos de creación de las obras y no los de interpretación.

Superada esta duda y decididos a registrar nuestros temas, cabe estudiar dos casos:

  1. No tienes previsto trabajar con un editor musical ni autoeditarte en breve
  2. Tienes previsto trabajar con un editor

Tanto en uno como en otro caso, deberás, primero, y antes que nada, darte de alta en la SGAE. Para ello será necesario:

  • Completar el formulario de acceso
  • Una foto tamaño carnet​

  • Fotocopia del DNI o cualquier otro documento legal que acredite tu identidad

  • 15 euros (será la única ocasión en la que se te solicitará realizar un pago)
  • Formulario de registro de obra (deberás completar el de creador de música)
  • En el caso de haber sido socio de otra entidad de gestión, te pedirán un escrito de dicha entidad que confirme que ya no estás vinculado a ella
  • Partitura de tu primera obra a registrar.
  • Si la obra tiene texto, necesitarás adjuntar el texto

La SGAE es una sociedad y, como tal, tu solicitud será sometida a una evaluación que puede durar unas semanas, período tras el cual te asignarán un código y un acceso a la plataforma web desde la cual podrás dar de alta nuevas obras, notificar tu conciertos, gestionar tus reclamaciones y consultar tus liquidaciones.

En el caso de presentar un registro como autor, los sucesivos registros podrás hacerlos sin partitura siempre que dispongas de un archivo de audio. Si has decidido crear tu editorial propia y realizas el registro como editor, de momento en SGAE siempre será necesario presentar partitura.

En el caso que acudas a un editor, igualmente deberás darte de alta en la entidad pero el editor puede ayudarte a resolver la gestión. Todos los registros siguientes los hará tu editor (siempre necesitará adjuntar partitura) como así  las notificaciones y reclamaciones.

Ahora bien, ¿qué sucede si no tienes partitura de tu música?. Si sabes escribir música podrás hacerlo tu mismo, de lo contrario, deberás acudir a un copista que te ayude. La partitura a presentar en registro ha de tener, como mínimo, la transcripción melódica de la voz (en el caso de tratarse de una canción) con el cifrado armónico. A partir de allí, el nivel de precisión y detalle de tu partitura, es una elección tuya. En el caso de obras corales,  sinfónicas y clásicas en general, es conveniente adjuntar la partitura general con la instrumentación concebida por el compositor.

En el caso de registros de música sinfónica, suelen aceptar, también en el primer registro, una grabación.

El precio de las partituras varía mucho según el copista, la complejidad y duración de la obra y las condiciones en que deba realizarse la transcripción. Algunos copistas suelen trabajar con un software específico que les permite presentar una partitura que, sin las debidas correcciones, sirve para «cubrir el expediente» pero pueden alejarse bastante de la idea del compositor.

Si además quieres registrar tu obra en el registro de la propiedad intelectual, conviene que se lo comentes al copista ya que hay algunos requisitos adicionales que allí se solicitan.

Si tienes más dudas, puedes consultarnos por correo electrónico o mediante el siguiente formulario.

 


Una respuesta a “¿Cómo registro mis temas musicales en SGAE?

  1. Solo referir la rapidez con la, qué me habéis respondido, ya qué a día de hoy aún no tengo las respuesta que planteé al Registro de la propiedad intelectual ni a SGAE. Tomo nota de que en los casos en que se quiere proteger una obra en la que están presentes una serie de sonidos qué son instranscribibles a partitura, ( aunque ello no esté recogido por la normativa,) se está aceptando el presentar la obra en soporte fonográfico. (Como complemento a la partitura). Agradezco también el resto de vuestras aclaraciones en relación a proteger mi autoría frente a terceros.
    Gracias y un saludo,

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